jueves, 15 de noviembre de 2007

El siguiente es el texto completo de la declaración de monseñor Alejo Gilligan obispo de NUEVE DE JULIO (recientemente fallecido),
de fecha 19 de nov. de 1988, cuando examinó y analizó los hechos y las formas en que ya entonces se atacaba a la Iglesia y a sus pastores con diversas falsedades:

Carta abierta del Obispo a la comunidad de Bragado

"En mi carácter de Obispo de la diócesis de 9 de Julio dirijo esta carta a todos los católicos de Bragado y asimismo a todos los hombres y mujeres de buena voluntad.

Muy preocupado por el clima que se vive en vuestra ciudad a partir del momento en que se conoció mi resolución de designar al padre Cristian von Wernich párroco en Santa Rosa de Lima y especialmente inquieto con los hechos que se vienen sucediendo a partir del jueves 17 del corriente, he considerado oportuno formular una declaración pública.

La misma tiene como principal finalidad aclarar algunas versiones que circulan abiertamente entre ustedes.

En el ejercicio total de la responsabilidad que me cabe tanto como pastor de fieles, como asimismo en mi calidad de ciudadano argentino, declaro con absoluta claridad que el padre Cristian von Wernich no está fuera de la ley, ni civil ni del derecho eclesiástico.
Nunca fue siquiera sometido a proceso judicial por causa de violación de derechos humanos. Ha comparecido a los tribunales únicamente en calidad de testigo, como tantos otros.

Su inclusión en el informe "Nunca más" de la Comisión Nacional sobre la desaparición tic personas (CONADEP) debe ser entendida tal como ese mismo informe lo define en su "advertencia", preliminar. La misma textualmente dice:
"Los casos que se mencionan en el presente informe surgen del aporte testimonial y documental recibido, habiendo sido seleccionados con la sola intención de fundamentar y ejemplificar la exposición, la que a su vez resulta de la totalidad del material reunido, es decir, de la palabra de testigos directos de esos hechos. No se excluye la posibilidad de algún error, ni se descarta la existencia de muchos otros casos que pudieran ser más ilustrativos para cumplir esa finalidad”.

"Respecto de las personas que aparecen nombradas por las funciones que desempeñaron, o incluídas ocasionalmente en la transcripción de testimonios que las involucran en hechos que puedan ser configurativos de delitos, esta Comisión Nacional no les asigna la responsabilidad que la referencia ad es privativa del Poder Judicial en el ordenamiento constitucional argentino".del caso pudiera sugerir, en tanto carece de facultades para ello y en razón de que tal facultad es privativa del Poder Judicial en el ordenamiento constitucional argentino”.

Precisamente un caso concreto es el de Cristian von Wernich; el testigo Julio Alberto Emmed -que fuera agente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires- al declarar ante la Cámara Federal de Apelaciones, relata acerca de la conducta de von Wernich de una manera totalmente distinta de la que consta en el informe de la CONADEP. De sus dichos no surge incriminación alguna, a punto tal que la Cámara Federal de Apelaciones no orpenó de oficio -como si lo hizo en tantos otros casos- el procesamiento penal.

En conclusión, C. von Wernich no fue denunciado ante la justicia ni por la CONADEP ni la Cámara Federal ordenó se lo investigara pese a tener directo acceso a todos los testimonios relacionados a su conducta.

En consecuencia, vale puntualizarlo, Cristian von Wernich no fue favorecido ni por la llamada ley de "punto final" ni tampoco por la de la de "obediencia debida” Lo destaco porque si bien estas leyes constituyen soluciones jurídicas establecidas por el Estado Nacional (Congreso y Ejecutivo), han sido objetadas en alguna oportunidad como inconstitucionales y de cualquier manera su aplicación puede traer problemas de conciencia a los cristianos.

Segundo asunto. Las declaraciones que se atribuyen al padre von Wernich publicadas en la revista "Siete Días (año XV - NO 892 del 25/7 al 31/7/84). no son suyas por lo que las desmiento en este momento, dado la desfiguración que sufrieron. La insidiosa expresión .....torture a un negrito que nadie conoce, vaya y pase...", es un acto falso, injusto y dañoso no sólo para la persona del sacerdote involucrado sino también para la Iglesia toda. Por lo cual deploro con firmeza.
Los tremendos años vividos en la década del setenta nos han golpeado a todos los integrantes de la sociedad argentina. Y particularmente ha ocasionado y sigue ocasionando inmenso dolor en varias familias bragadenses.

Sólo los familiares y Dios conocen en profundidad el desgarramiento interior padecido con nuestra humana limitación alcanzamos a participar de alguna manera esa cruz, la que tratamos de compartir como cristianos.

Hallo totalmente comprensibles algunas -no todas- las reacciones suscitadas en estos días, siendo también cierto -que la situación no autoriza a atribuir, sin fundamento, actitudes represivas a ninguna persona.

En este sentido esta sede episcopal ha tomado debido nota del decreto del H. Concejo Deliberante de! partido de Bragado y se arbitrarán las medidas conducentes a solucionar institucionalmente el asunto.

Un párrafo especial dirijo a los miembros de la comunidad cristiana que sufre el presente conflicto.

Les aseguro mí comprensión de Pastor y al mismo tiempo les transmito la seguridad de que la decisiones que conciernen han sido fruto de profunda reflexión y oración. Apelo también a la actitud básica de nuestra doctrina cristiana, que en todo caso, tiene la mirada de misericordia y perdón hacia los hechos que ponen en evidencia nuestra limitación humana..

_ Ruego a Dios saque el mejor fruto de estos momentos de prueba. Siempre el corazón del Obispo está abierto para cualquier diálogo.

Dado en 9 de Julio a los 19 días de noviembre de 1988.+
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A continuación de dicho texto, se transcribe el comunicado emitido el 10/10/07 por
el actual obispo de 9 de Julio, Mons. Martín de Elizalde OSB.


Comunicado del Obispo de Nueve de Julio

Ha concluido el juicio penal contra el sacerdote Christian von Wernich, y el Tribunal lo ha considerado culpable de gravísimos delitos, condenándolo a la pena de reclusión perpetua. El Obispo de Nueve de Julio, cuyo presbiterio integra el mencionado sacerdote, expresa, en nombre de la comunidad eclesial, la convicción de que el Evangelio de Jesucristo nos impone a los que queremos ser sus discípulos una conducta que muestre el respeto cabal por nuestros hermanos, condición de una vida social en paz y justicia.
Lamentamos que haya habido en nuestra Patria tanta división y tanto odio, que como Iglesia no supimos prevenir ni sanar. Que un sacerdote, por acción o por omisión, estuviera tan lejos de las exigencias de la misión que le fue confiada, nos lleva a pedir perdón, con arrepentimiento sincero, mientras rogamos a Dios Nuestro Señor que nos ilumine para poder cumplir nuestra vocación de unidad y de servicio.
Oportunamente se habrá de resolver, conforme a las disposiciones del Derecho Canónico, acerca de la situación de Christian von Wernich.
Rezamos por él, para que Dios lo asista y le otorgue la gracia que necesita para comprender y reparar el daño ocasionado.
Esperamos que nuestra sociedad encuentre el camino de la ansiada reconciliación, la cual requiere la verdad y la justicia, el arrepentimiento y el perdón.
Mons. Martín de Elizalde OSB, Obispo de Nueve de Julio.
Nueve de Julio, 10 de octubre de 2007-


Monseñor: MARTÍN ELIZALDE: curia@internueve.com.ar
OBISPADO NUEVE DE JULIO
Edison 954 - 9 De Julio -
Prov. Buenos Aires - CP(B6500DRV)
Tel.: (2317) 42-2262

¿Sabía Usted?

Uno de los "testigos" en el "juicio popular" que se me hizo en La Plata, fue -dice él, cosa que no me acuerdo- un ex compañero de estudios, el ex intenventor de la Unidad Uno "Olmos" del Servico Penitenciario Buenos Aires Ruben Capitanio, hoy Padre Ruben...
En el año 1973 junio-julio, el Penal de Olmos estuvo 25 días "tomado". Un determinado día entra al Penal el Sr. Petinato, Director General de Penales puesto por el Gobernador Bidegain, y el entonces “seminarista” Capitanio agitando banderas montoneras con un grupo de “jóvenes idealistas montoneros”. Entran cantando e incentivaban a cantar la “marcha” con sus “matones”. La idea era liberar a varios presos, más de 50, que ellos decían que eran “presos políticos”: violaron todos los sistemas de seguridad del Penal, torturaron psicológicamente y físicamente a los rehenes que habían tomado los internos y que eran del Servicio Penitenciario. Lo hacían al canto de la “marcha revolucionaria” y agitando esas banderas montoneras que habían entrado.
Frente a tanta impunidad, avasallamiento, manifestación revolucionaria de fuerza y violando las sentencias judiciales que tenían sus “elegidos” para liberarlos, se produce una reacción muy dolorosa entre el Personal del Servicio que veían como su Director Petinato y un “joven seminarista” violaban la ley y el orden.
El señor Capitanio es nombrado interventor del Penal de Olmos, caso único en la historia que un joven que estudiaba para ser sacerdote, es nombrado “interventor”. Pasando así por arriba toda lógica, disciplina y seguridad para un Penal, los más de 50 “elegidos” son liberados sin orden judicial y seguramente que hoy ocuparan cargos políticos o judiciales…
Es frente a esta realidad que un joven de 25 años oficial adjuntor de Penales y encargado de turno: Mario Avellaneda (Pocho), va al casino de la Unidad y con su arma y se dispara un tiro en el corazón falleciendo al instante.
Inmediatamente, después de este doloroso hecho, el nuevo “Interventor–Director” del Penal de Olmos: Señor Rubén Capitanio, es interpelado por la Oficialidad del Penal responsabilizándolo de la muerte de Avellaneda. El “seminarista” Capitanio, violando todo principio de caridad cristiana y de ayuda, se retira apresuradamente del Penal insultando a los Oficiales y burlándose del oficial fallecido Avellaneda tratándolo de “cobarde” por la actitud que había tomado.
No fue al velatorio, no acompañó a la familia y mucho menos rezó una oración en público por su eterno descanso.
Este hecho puso muy mal a todo el personal que, muy dolorido por la actitud anticristiana de un “futuro sacerdote” y por sus dichos, tuvieron que mitigar ese dolor apoyándose mutuamente y acompañando a la familia, en la soledad.
La “intervención” de Capitanio duró solamente 48 horas…
¿Habrá plantado una planta por Mario Avellaneda? ¿Sabrá que el oficial adjuntor Mario Avellaneda también tenía Derechos Humanos, especialmente el DDHH a la vida? ¿Habrá pedido perdón en su nombre y en el nombre de la Iglesia a la familia Avellaneda por la muerte de Mario?
Todo parece que no… Por eso, nada mejor que decir que “hagan lo que yo digo pero no lo que yo hago”, es lo que se puede aplicar a este “testigo” que se “golpea el pecho” por supuestos hechos míos y no por los de él, como este aberrante caso que comentó y fue siempre recuerdan en Penales su cobarde actitud cristiana y contra todo realidad evangélica.
Los saluda: P. Christian.-